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jueves, septiembre 11, 2025

La Justicia le dio la razón a CALF, otra vez

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En otro fallo favorable a CALF por los ítems en la factura, una jueza civil se declaró incompetente para atender un reclamo particular de un grupo de personas que además de demandar a CALF también lo hizo contra la Municipalidad de Neuquén.

Allí tanto la Municipalidad como la cooperativa cuestionaron la competencia de la Justicia civil para entender en ese reclamo, sosteniendo que el asunto se trataba de cuestiones de índole administrativo, y por ello regidas por el derecho publico local; sostuvo CALF que el servicio público que presta se rige en un todo de acuerdo al contrato de de concesión que la une con el Municipio de la Ciudad, y que por esa razón no es un asunto civil sino administrativo, y por eso mismo, competencia de otro fuero.

Los demandantes, Liliana Tecker, Carolina Uleri y otros, habían argumentado que se trataba de derechos del consumidor, porque se estaría afectando a usuarios del servicio eléctrico, por el cobro de algunos ítems en la factura del servicio eléctrico.

En su resolución, la Jueza Civil María Guadalupe Losada, le dio la razón a Calf y a la Municipalidad de Neuquén, ya que el reclamo requiere el análisis de la legitimidad y constitucionalidad de una ordenanza municipal que autoriza la facturación de dichos ítems. Además, condenó a los vencidos (Liliana Tecker y otros) a abonar $ 400.000 en concepto de honorarios.

La resolución de la jueza Losada refuerza la importancia de la competencia material en los conflictos que involucran aspectos administrativos y subraya la necesidad de que estos sean tratados en el fuero adecuado, para evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. También, otra vez, la justicia corrige a los demandantes.

¿De qué se trata la ordenanza cuestionada?

La ordenanza fue aprobada en noviembre del año pasado en el Concejo Deliberante y permitió el cobro de la deuda de Cammesa (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA) mediante la cuotificación a los asociados de la cooperativa. Además de la deuda de Cammesa se incluyó el cobro de la contribución para el nuevo Complejo Ambiental Neuquén (CAN).

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